sábado, 12 de septiembre de 2009

Tratabilidad de aguas residuales

TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES: TRATABILIDAD A LAS DESCARGAS CONTAMINANTES.
PARA REFLEXIONAR:
El deterioro de la calidad del agua resalta un grave problema ambiental, económico y social. Es particularmente importante en los países en vías de desarrollo, en donde el tratamiento de las aguas residuales tiene grandes rezagos. La mala calidad de las aguas aumenta la presión sobre los recursos hídricos y limita las posibilidades de desarrollo de los países del mundo.
Según el programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA), e primer lugar en cuanto a la calidad del agua en el mundo lo tiene Finlandia, con un indicador de 1.85, mientras que México se coloca en el número 106 de un total de 122 , con un indicador de -0.69. (Entre mayor es el indicador, mayor es la calidad del agua). Se trata de aguas superficiales, instalaciones y procesos de tratamiento de aguas residuales, y aspectos jurídicos tales como la existencia de regulaciones contra la contaminación del agua.
Fuente: Estadísticas del agua en México. CONAGUA 2007.
NUEVAS DISPOSICIONES DE LEY DE DESCARGAS DE AGUAS RESIDUALES TRAERÁN BENEFICIOS A SALUD Y MEDIO AMBIENTE:
El principal objetivo de las reformas a la Ley Federal de Derechos en Materia de Descarga de Aguas Residuales aprobadas por el Congreso y que entraron en vigor el presente año, es incrementar el saneamiento de las aguas residuales de origen municipal e industrial, con el fin de lograr el 60% de tratamiento de las aguas colectadas, que es una de las metas primordiales del Plan Nacional de Desarrollo de la actual administración.
La modificación de la Ley Federal de Derechos permite contar con un esquema de simplificación administrativa para el cobro de las descargas de aquellos usuarios que no cumplen con la Norma Oficial Mexicana NOM-001-ECOL-1996, que los obliga a tratar las aguas residuales.
En conferencia de prensa, el Subdirector General de Agua Potable, Drenaje y Saneamiento de la Comisión Nacional del Agua (Conagua), José Ramón Ardavín Ituarte, y el Coordinador General de Revisión y Liquidación Fiscal, Mario Alberto Rodríguez Pérez, explicaron que la Ley contempla incentivos inmediatos para los contribuyentes y uno de ellos es que durante 2008 únicamente pagarán el equivalente al 50% de los derechos por descarga.
Otro beneficio adicional de esta reforma es que se va a reducir el derecho por descarga entre un 25 al 30% de lo que se aplicaba anteriormente, afirmó Ardavín Ituarte.
Cabe destacar que a los municipios e industriales que cumplan en tiempo y forma con el pago de este derecho y que sus descargas no rebasen el límite máximo permisible de contaminantes que prevé la Ley, la Federación les asignará el equivalente al monto pagado, con el fin de que se destine para la construcción de obras de tratamiento de aguas residuales, sobre la base de un plan de acciones, el cual debe ser concluido a más tardar en el 2012, a fin de que pueda ser condonado su adeudo.
Además, quienes realicen el tratamiento de las aguas residuales y mejoren la calidad de las descargas, obtendrán descuentos por el pago de los derechos de aguas nacionales del 6 al 44%, y en el mismo caso, quienes obtengan el Certificado de Calidad del Agua no pagarán el derecho por aguas nacionales, de acuerdo con el Artículo 224, fracción V de la Ley Federal de Derechos.
Rodríguez Pérez estimó que el adeudo por concepto de pago de derechos por descarga, es del orden de los 240 mil millones de pesos.
En tanto, José Ramón Ardavín comentó que los pagos de derechos por descarga existen desde hace más de diez años, lapso en el que ha habido varias condonaciones, como fue en los años 2001, 2002 y 2004, y a pesar de ello prevalece la falta de pago de este derecho, así como del tratamiento de las aguas residuales.
Otro beneficio muy importante de las reformas a la Ley Federal de Derechos es la reducción de 16 a 2 el número de parámetros para determinar el grado de contaminación de la descarga. Estos indicadores se refieren a la Demanda Química de Oxígeno (DQO) y Sólidos Suspendidos Totales (SST), a efecto de simplificar el cálculo.
Ardavín Ituarte enfatizó que los dos parámetros ayudan a medir en forma eficiente y representativa el grado de contaminación de los cuerpos de agua, lo que permite por un lado facilitar el cumplimiento de las disposiciones, y por el otro vigilar su aplicación.
El esquema derivado de las reformas a la Ley Federal de Derechos constituye un mecanismo de apoyo a la política hidráulica del país, ya que coadyuva al saneamiento de las cuencas hidrológicas, a través de la construcción de infraestructura requerida para el tratamiento de las aguas residuales.
Es importante señalar que aquellos usuarios que sí tratan el agua y cumplen con la norma no son sujetos de este derecho.
Actualmente, se trata el 38% de las aguas residuales recolectadas a nivel nacional, y la meta para el año 2012 es tratar el 60%, lo que implica un gran esfuerzo no solamente del gobierno federal, sino de la corresponsabilidad de los usuarios de las aguas nacionales que utilizan y ensucian el líquido, es decir, organismos operadores, industriales y todos los usuarios que arrojen aguas contaminadas a un cuerpo receptor.

ECOSISTEMAS INDUSTRIALES: UNA BUENA ALTERNATIVA PARA EL TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES.
Desde hace algunas décadas, el agua dejó de ser un obsequio de la naturaleza para tornarse en un bien económico cuya escasez y utilidad pública derivaron en la preparación de una política orientada a reducir consumos y una supervisión de la calidad de las descargas de aguas residuales.
Ante este panorama, se expidieron en México diversas normas que establecen los límites máximos permisibles de contaminantes en las descargas de estas aguas.
En la actualidad, la mayoría de los gobiernos de los estados ponen mayor énfasis en el cumplimiento de la NOM-001-ECOL-1996.
ECOSISTEMAS INDUSTRIALES es una empresa que tiene a su cargo está tarea especializada en resolver problemas de contaminación y manejo de agua. La mayoría de sus clientes buscan los servicios de la compañía para cumplir con la norma NOM-001-ECOL-1996.
La Norma Oficial Mexicana NOM-001-ECOL-1996 establece los límites máximos permisibles de contaminantes en las descargas de aguas residuales en aguas y bienes nacionales.
El objetivo de esta norma es proteger la calidad de las descargas de aguas residuales y posibilitar sus usos. Su cumplimiento debe ser acatado por los responsables de dichas descargas.
La NOM 001, la establece la Comisión Nacional del Agua (CNA) y es una norma que especifica las características y parámetros con que deben cumplir las aguas residuales que llegarán a ríos, lagos o cualquier bien nacional.
La mayoría de los gobiernos se rigen por la NOM-001. De ésta se pueden derivar algunas condiciones particulares de descarga; por ejemplo, en caso de existir algún metal o contaminante que no contemple la norma, pero que de antemano se sabe que esa industria lo puede contener en sus efluentes, pues entonces la CNA lo pone como parámetro a cumplir y es indispensable removerlo.
En el caso de Querétaro, ciudad donde se encuentra establecida la oficina central de ECOSISTEMAS INDUSTRIALES, así como en otros estados de la República con escasez de agua, las necesidades de suministro del vital líquido exigen que las modificaciones a la NOM-001 sean cada vez más rígidas para así poder dar a estas aguas residuales otros usos complementarios.
Con el lema “Más claro ni el agua”, Ecosistemas Industriales se ha distinguido por ser una empresa proveedora de soluciones en tratamiento de aguas que atiende las necesidades del sector industrial y comercial en la República Mexicana.
Algunos de los servicios que ofrece la empresa son:
1) Estudios: caracterización de efluentes, pruebas de tratabilidad piloto, estudios de factibilidad.
2) Ingeniería: ingeniería básica, ingeniería de detalle.
3) Ejecución de proyectos: supervisión y control, gerencia de proyecto, proyectos llave en mano.
4) Operación: comisionamiento de plantas, asesoría técnica, operación integral de sistemas, monitoreo de efluentes.
5) Mantenimiento: abastecimiento de refacciones, servicio técnico, programas de mantenimiento.
Antes de la elección de un proceso de tratamiento se realizan estudios de caracterización de efluentes y pruebas de tratabilidad del agua.
Algunos de los problemas resueltos consisten en la reducción de grasas y aceites, reducción de cargas orgánicas (DB05/ DQO), reducción de compuestos orgánicos volátiles (VOC), precipitación de metales pesados, reducción de sólidos suspendidos y coloidales, reducción de cianuros y ajustes de pH.
Sistema de prensado de lodos: Debido a que la gran mayoría de los procesos de separación de contaminantes genera lodos como un subproducto del tratamiento de efluentes, en Ecosistemas Industriales se diseñaron equipos que permiten el desaguado mecánico de los mismos, obteniéndose en consecuencia una torta seca de sólidos filtrados, la cual puede ser manejada en forma segura, sencilla y, sobre todo, económica.
Los sistemas de prensado incluyen filtros prensa de banda continua. Su diseño está basado en una banda que se mueve mediante una serie de rodillos, en los cuales el lodo es exprimido y compactado. Ya que su movimiento es continuo, el volumen de filtrado por unidad de área es mayor. El contenido típico de sólidos filtrados es de 20 a 35 por ciento.
Gracias a la aceptación de los múltiples sistemas de tratamiento de aguas residuales, lo que antes sólo representaba un costo para las industrias ahora lo perciben como una optimización de sus procesos.
Fuente: http://tratamientodeagua.mforos.com/visit/?http://www.planetaazul.com/

TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES: PLANTAS DE TRATAMIENTO MUNICIPALES. (PRIMER TRIMESTRE DEL AÑO 2006).
En el año 2006, las 1593 plantas en operación en el país trataron 74.4 m3/s, es decir el 36% de los 206 m3/s recolectados en los sistemas de alcantarillado.
Fuente: Estadísticas del agua en México. CONAGUA 2007.

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